viernes, noviembre 22, 2024

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Emiten ALERTA ROJA por 14 días en toda Honduras para prevenir propagación del coronavirus

Medida busca evitar la propagación del coronavirus (COVID-19) para lo cual se prohíbe la realización de eventos con más de 50 personas

Tegucigalpa.- El Comité de Alertas de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (Copeco) delegado por la Secretaría de Salud en base al artículo 45 y artículo 4 inciso 2 de la Ley del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (Sinager) determinó declarar ALERTA ROJA para los 18 departamentos del país a partir de las 10:00 am de este sábado 14 de marzo.

La medida fue adoptada en base a la instrucción de la Secretaría de Salud tras el diagnóstico positivo de un tercer caso de COVID-19 en el país por la vía de contacto con uno de los casos que resultó positivo el día 10 de marzo del 2020.

La medida obliga a toda persona natural o jurídica, instituciones públicas y privadas, Organizaciones no Gubernamentales y Sociedad civil a suspender toda actividad que pueda representar la aglomeración de personas.

En ese sentido, el Comité de Alertas prohíbe la realización de eventos públicos con más de 50 personas, con el objetivo de contener la propagación del virus que hasta ahora ha sido confirmado en tres personas.

Esta acción preventiva busca evitar la rápida diseminación del virus como ocurrió España e Italia dónde no se adoptaron de inicio medidas de contención y aislamiento.

Copeco llama a la consciencia de la población nacional y extranjera sobre territorio hondureño, a que acaten la ordenanza que busca la protección del fin primordial del Estado que es la vida humana.

Además se solicita a la ciudadanía implementar las medidas de prevención establecidas vía Decreto de Emergencia como mantener la distancia de al menos un metro con cualquier persona, lavarse las manos con agua y jabón constantemente, uso de gel antibacterial, autoaislamiento y uso de mascarilla en caso de presentar síntomas y acudir al médico de forma pronta si presenta fiebre, tos seca, dolor de cabeza y garganta y dificultad para respirar.

Ley del Sinager
Artículo 4. 2: “El Gobierno central y los gobiernos locales a través de sus instancias técnicas especializadas, están obligados a emitir disposiciones de cumplimiento obligatorio relacionada con la reducción del riesgo y las acciones concretas para reducir el posible daño, a fin de que las personas naturales y jurídicas estén obligadas a su acatamiento y cumplimiento y lograr con ello la reducción continua de la vulnerabilidad de la sociedad frente a los distintos fenómenos que nos amenazan. El No cumplimiento o retraso en el acatamiento de dispuesto en materia de riesgos, implica responsabilidad administrativa, civil y penal para los infractores”.

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