viernes, noviembre 22, 2024

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CN excluye obligación del monotributo a ONG´s sin fines de lucro e iglesias

Tegucigalpa – El vicepresidente del Congreso Nacional, Antonio Rivera Callejas, presentó en la sesión de este jueves, dos reconsideraciones al acta anterior las que fueron aprobadas que tienen que ver con el monotributo y la territorialidad de la aplicación del Código Tributario.

Luego de leerse el acta anterior, Rivera Callejas, presentó, vía moción,  dos reconsideraciones al decreto que contiene el nuevo Código Tributario, una que establece que se crea el monotributo o tributo único en los principios y condiciones de legalidad, proporcionalidad, generalidad y equidad, atendiendo la capacidad económica de los obligados tributarios al que estarán sujetos las organizaciones del sector social de la economía, otros sectores económicos y profesionales que determine la ley y los que desarrollen actividades económicas y civiles no lucrativas.

Rivera explicó que el monotributo lo va a desarrollar una ley especial y en ese sentido, no se ha determinado todavía cuál es el monotributo o a quién se aplica y en ese sentido, propuso y se aprobó un segundo párrafo en el que se establece que “se excluye de la obligación del monotributo a las organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro sujetas a la Ley Especial de Fomento de las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo, Iglesias y Otras”.

La otra reconsideración presentada por Rivera Callejas tiene que ver con la territorialidad de aplicación de la ley en donde se establece que “Honduras se rige por el principio de la renta territorial, se faculta al Poder Ejecutivo para aprobar convenios para evitar la doble tributación siguiendo el procedimiento regulado en la Constitución de la República”.

Explicó que en el sistema de renta territorial se grava la renta donde tiene o se origina la ganancia, independientemente de la nacionalidad o residencia de su perceptor.

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