sábado, diciembre 21, 2024

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Congreso Nacional aprueba ampliación por 90 días más al paquete de amnistías

Tegucigalpa.- El Congreso Nacional aprobó este martes, con la dispensa de dos debates, la ampliación por 90 días calendarios al paquete de amnistías aprobadas por este poder del Estado para beneficiar a miles de contribuyentes que estaban siendo asfixiados económicamente por intereses y otros cargos moratorios.

Dichas amnistías se encuentran contempladas en el decreto legislativo 51-2018 y se refieren a amnistía tributaría y aduanera, vehicular, del Instituto Hondureño de Seguridad Social, Jubilados y Pensionados, a la Exportación de Productos no Tradicionales y de la Empresa Nacional de Energía Electica (ENEE).

Según el secretario del Congreso Nacional, Tomás Zambrano, estas amnistías ya aprobadas por el Congreso Nacional vencieron recientemente, pero que las mismas aún son necesarias para darle un respiro a la población.

“Dichas amnistías vencieron recientemente, pero, las mismas aún no ha logrado alcanzar la finalidad para la que fue aprobada, haciéndose necesaria una segunda ampliación de la misma”, afirmó Zambrano.

El secretario detalló que con esta ampliación de amnistías la población podrá pagar los montos adeudados al 31 de diciembre de 2018, sin sanciones de multas, recargos o intereses.

Con la aprobación de esta ampliación los morosos no tendrán que pagar multas, intereses y recargos por concepto de pagos de estos tributos o servicios –aseguró Zambrano.

Amnistías aprobadas:

AMNISTÍA TRIBUTARIA Y ADUANERA.

Se concede el beneficio de amnistía tributaria y aduanera, el cual tiene por objeto la condonación del pago total o parcial de las obligaciones pecuniarias accesorias a la deuda tributaria.

Durante la vigencia de la amnistía los obligados tributarios podrán:

1.- Pagar las deudas tributarias y aduaneras que se encuentren firmes y pendientes de pago al 31 de diciembre de 2018, sin sanción alguna, estén o no amparadas en planes de pago

2.-Presentar las declaraciones, modificaciones formales de cualquier tipo de manifestaciones tributarias y aduaneras.

3. El beneficio de amnistía se concederá de oficio y de manera automática a los obligados tributarios que hayan presentado sus declaraciones determinativas en forma extemporánea hasta el 31 de diciembre del año 2018

AMNISTÍA IHSS.

Ampliar los efectos y vigencia de lo dispuesto en los Decretos No.112-2016 del 16 de Agosto del 2016, No.82-2017 del 27 de Septiembre de 2017 y del Artículo 2 del Decreto No.129-2017, 51-2018 y Artículo 253 del Decreto 180-2018, referentes a autoriza al Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) a establecer amnistía en el pago de recargos, multas e intereses en las deudas originadas por la falta de pago de los aportes patronales y de trabajadores a dicho Instituto, dejados de enterar por parte de los patronos obligados del sector público y privado; por un período adicional dentro de la vigencia del presente Decreto.

Amnistía de Telecomunicaciones

Con esta amnistía los operadores de servicios de telecomunicaciones, y otras personas naturales o jurídicas, que mantienen pagos pendientes ante la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) podrán:

1.- Realizar el pago de las tasas y cargos por la operación de telecomunicaciones adeudadas al 31 de diciembre de 2018, sin sanciones de multas, recargos o intereses.

2.- Suscribir convenios de pago al amparo de la amnistía, siempre y cuando el pago se realice dentro de la vigencia de la amnistía

3.- Las personas naturales o jurídicas que prestan servicios de telecomunicaciones sin contar con el título habilitante respectivo, podrán regularizar su situación sin incurrir en el pago de sanciones, derechos, tarifa de supervisión y canon radioeléctrico que debió pagar durante el tiempo de operación irregular.

Amnistía vehicular

1) A los obligados tributarios que estén morosos o que no hayan cumplido con sus obligaciones formales y materiales con el Estado de Honduras, por conducto del Instituto de la Propiedad (IP) y con las Municipalidades, al 31 de Diciembre del 2018 pudiendo acordar planes de pagos durante este período, sin ningún tipo de sanciones.

2 Se autoriza la nacionalización de los carros de trabajo de año 1996 o menor que tengan placas centroamericana y de otros países y que ingresaron al país antes de la aprobación de la amnistía.

Para esto deberán pagar una un pago único de L10,000 (diez mil lempiras), lo que incluye la matricula 2019 y tasa municipal, debiendo en los años siguientes pagar de forma normal la matrícula y la tasa municipal, según el domicilio de su propietario.

AMNISTÍA Y CONDONACIÓN A LOS CLIENTES DE LA EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA (ENEE)

Esta amnistía benéfica a los abonados que consumen menos de 750 kilowatt al mes en zonas residencial y comercial y se les condona intereses y multas y otros cargos en deudas al 31 de marzo del 2019.

La amnistía establece que los abonados podrán suscribir arreglos de pago con la Empresa hasta por un periodo de tres (3) años y la prima a exigir no podrá exceder del veinte por ciento (20%) del total adeudado.

Para acceder al beneficio descrito en el párrafo anterior, el cliente de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), debe permitir la instalación de un contador del tipo de pago anticipado por consumo por parte de la empresa responsable.

EXPORTACIÓN DE PRODUCTOS NO TRADICIONALES.

Conceder Amnistía durante la vigencia del presente Decreto, a las empresas del sector exportador de productos no tradicionales por el pago de multas e intereses derivados de sanciones administrativas impuestas por la repatriación tardía de divisas proveniente de sus exportaciones hasta el 31 de diciembre del 2018.

JUBILADOS Y PENSIONADOS.

Condonar a los jubilados y pensionados de cualquier Instituto de Previsión del país, durante la vigencia del presente Decreto, del pago de capital, intereses, multas, recargos y de cualquier otra responsabilidad civil y administrativa derivada del ejercicio de un cargo o empleo en la administración pública mientras gozaba de su jubilación o pensión.

Amnistía a recolectores de basura

Se exceptúa de efectuar la retención del 1% en concepto de Impuesto Sobre la Renta, a los proveedores (pepenadores) de basura o el servicio de recolección de basura que es recolectada ya sea en basureros municipales, vías públicas o a domicilio. Por lo tanto, las personas naturales o jurídicas dedicadas a la recolección de basura para cualquier fin o para el reciclaje, no están afectas a la retención del 1%.

Amnistías Municipales

La Amnistía Municipal está contenida en el Decreto No. 38-2018 de fecha 2 de mayo de 2018, en el cual se reformó el artículo 3, mediante el cual se autoriza una amnistía general de multas, recargos e intereses derivados de deudas por tasas, contribución por mejoras, e impuestos municipales, con validez hasta el 31 de diciembre de 2018.

Se Ordena a todas las municipalidades del país que apliquen amnistía en el pago de multas, recargos e intereses por deudas provenientes de tasas e impuestos municipales en mora, así como la contribución por mejoras.

Entre las medidas sobresale el descuento del 40% a los contribuyentes que tengan una mora de 5 y 4 años de sus respectivos impuestos municipales en las 298 alcaldías del país.

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