domingo, noviembre 24, 2024

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TSC detecta anomalías en contrato del Estado y la consultora Meyeringh

El Tribunal Superior de Cuentas (TSC) notificó un informe de auditoría que concluye en la notificación de responsabilidades civiles por irregularidades encontradas en el contrato y su modificación suscrito por el gobierno de Honduras con la empresa Suroil Inc., que ocasionaron un perjuicio económico al Estado por 25.8 millones de lempiras.

El informe No. 002-2015-DASSJ-SDP-A se desprende de una auditoría especial denominada “Retención y pago del Impuesto Sobre la Renta, a los honorarios por servicios de consultoría prestados por la empresa Suroil Inc., a través de su representante legal, el señor Robert Meyeringh”, correspondiente al período comprendido del 01 de enero de 2006 al 30 de junio de 2009.

El TSC notificó el informe a la secretaría de Estado de presidencia, informando que los hechos que dan lugar a responsabilidad civil serán notificados a los funcionarios y empleados en quienes recayere la responsabilidad; además, comparte una serie de recomendaciones.

El gobierno de Honduras contrató a un experto independiente que asesorara en la elaboración de una estrategia que le permitiera al país superar la emergencia energética en que se encontraba, analizando, evaluando y presentando recomendaciones puntuales, a efecto de incrementar la competencia y reducir los precios de venta al consumidor final.

La contratación del experto se formalizó mediante la suscripción del contrato de consultoría individual firmado en ese entonces por dos secretarios de Estado en el Despacho Presidencial con el norteamericano Robert Meyeringh, representante Legal de la Empresa Suroil Inc.

En el informe de la auditoría especial el TSC concluye en el hallazgo de responsabilidades de tipo civil en la suscripción de dicho contrato y su modificación, que ocasionaron un daño económico al Estado de Honduras que asciende a la suma de 25,845,153.47 lempiras.

El TSC constató que en el Contrato de Servicios de Consultoría Individual no se estipuló la “Obligación Tributaria” y el gobierno asumió la obligación del pago de impuestos y no la cumplió; lo que ocasionó el daño al patrimonio del Estado por 25.8 millones de lempiras.

La suma corresponde a los ingresos fiscales dejados de percibir durante los años 2006 y 2007, por concepto del 35% del Impuesto Sobre la Renta que no fueron pagados por los honorarios de servicios de consultoría prestados por la Empresa Suroil Inc., a través de su representante legal, el señor Robert Meyeringh, que asciende a 16,024,510.44 lempiras; más 9,614,706.26 lempiras de recargos por concepto de indemnización por falta de cancelación.

El gobierno asumió la obligación en el contrato de consultoría al pago de impuestos, tasas o contribuciones, contraviniendo lo establecido en las leyes tributarias vigentes. Además, el TSC no encontró evidencia del pago de impuestos, ni en los registros del Despacho Presidencial, ni en la información que proporcionó el Fiscal General de la República.

Se verificó que en la base de datos de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI) no existe registro tributario de Robert Meyeringh en su condición de persona natural y registro de la empresa Suroil Inc., ni información que acredite que el gobierno a través de dos ex secretarios del Despacho Presidencial cumplió con las obligaciones tributarias establecidas en las Leyes.

En aras del debido proceso, los que aparezcan señalados con responsabilidades podrán presentar el recurso de impugnación dentro de un plazo de 60 días, contados a partir de la fecha en que le sean notificados los pliegos de responsabilidad de forma individual.

Próximamente, el TSC notificará un segundo informe especial de auditoría orientada a establecer la existencia o no de resultados del trabajo realizado por Meyeringh, conforme a lo acordado en el contrato suscrito entre el Gobierno de Honduras y la empresa Suroil Inc.

El entonces presidente de la república en Consejo de Ministros, mediante Decreto Ejecutivo No. PCM -12-2006 del 13 de marzo de 2006, autorizó la contratación directa, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho Presidencial, del señor Robert Meyeringh y su empresa Suroil, para la prestación de servicios de consultoría al gobierno de Honduras.

En un primer Contrato de Servicios de Consultoría suscrito el 22 de abril de 2006 el gobierno acordó el pago de por un monto 750,000 dólares (300,000 para gastos de instalación y 450,000 pago de honorarios profesionales), cifra neta de todos los cargos del gobierno e impuestos.

En el Decreto Ejecutivo No. PCM-16-2007 del 18 de junio de 2007, el presidente de la república en Consejo de Ministros decretó autorizar a la Secretaría de Estado del Despacho Presidencial a suscribir la modificación No. 1 al Contrato de Servicios de Consultoría, suscrito entre el Gobierno de Honduras y el señor Robert Meyeringh y su empresa Suroil.

El 30 de agosto de 2007 se suscribió la Modificación No.1 al Contrato de Servicios de Consultoría con el señor Robert Meyeringh, representante legal de la empresa Suroil Inc., por la cantidad neta de 1,125,000.00 dólares, por concepto de pago de honorarios profesionales.

Dicho contrato estipuló que la remuneración sería neta, es decir sin ninguna deducción, por lo tanto el TSC procedió a realizar el cálculo del valor bruto de los honorarios por servicios de consultoría cancelados a la Empresa Suroil Inc., a través de su representante legal, Robert Meyeringh, que sumó la cantidad de 1,730,769.23 dólares (equivalente a 32,703,057.69 lempiras).

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